Tengo un conocido en Bariloche.
Un "capo" que sabe de todo. Cuando digo sabe debe leerse una persona informada y buen analista. Es Carlitox.
Obviamente -como dijo Plutarco- no coincidimos en todo porque "No necesito amigos que cambien cuando yo cambio y asientan cuando yo asiento. Mi sombra lo hace mucho mejor".
Leo aquí que defienden al terrateniente Lewis <=Clic
El artículo 2639 del Código Civil establece que: Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de 35 metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna.. Los ríos, los lagos y sus costas son de dominio público, lo que significa que el pueblo tiene acceso a los cursos de agua. El dueño de los ríos, de los lagos, de los cursos que corren por sus cauces naturales es el pueblo en un sentido amplio o sea, no sólo los residentes sino de todos los habitantes que quieran usarlo. Fuente
Según me comentaron, él dice que no tienen que meterse en "su propiedad".
Me llama la atención el lavado de cabeza que le provocaron los periodistas in_the_pendientes.
Si lo generaron en un "tipo" capacitado, informado y pensante, ¿que nos queda para los que estamos más abajo en la escala?
martes, 5 de abril de 2011
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